Sentencia T-348/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-348/25

Fecha: 20-Ago-2025

Encabezado

TEMAS-SUBTEMAS

Sentencia T-348/25

DERECHO A LA SALUD Y A LA VIDA DIGNA-Vulneración por EPS cuando niega transporte a pacientes o a sus acompañantes

DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD-Reiteración de jurisprudencia

DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD-Servicios y tecnologías de salud

PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD-Todo servicio o medicamento que no esté expresamente excluido, se entiende incluido

SUMINISTRO DE INSUMOS, SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EXCLUIDOS DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD-Reglas jurisprudenciales para no aplicar la exclusión

DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD-Aplicación del principio de integralidad para garantizar la prestación de los servicios de transporte, alojamiento y alimentación para paciente y un acompañante

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

Sala Séptima de Revisión

Sentencia T-348 de 2025

Referencia: expedientes T-10.827.287 y T-10.846.050 (acumulados)

Asunto: acciones de tutela ejercidas por la personera municipal de El Tambo, Nariño, en calidad de agente oficiosa de Orlando, en contra de Asmet Salud EPS (T-10.827.287); y Adriana, en calidad de agente oficioso de Alejandro, en contra de Nueva EPS (T-10.846.050)

Magistrada ponente:

Paola Andrea Meneses Mosquera

Bogotá, D.C., veinte (20) de agosto dos mil veinticinco (2025)

La Sala Séptima de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional, integrada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, quien la preside, así como por los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y José Fernando Reyes Cuartas, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha dictado la siguiente