Auto Constitucional A 074/01

Fecha: 27-Feb-2001

La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente Fabio Morón Díaz y por los magistrados Eduardo Montelaegre Lynett, Manuel José Cepeda Espinosa, Carlos Gaviria Díaz, Alejandro Martínez Caballero, Alvaro Tafur Galvis, José Gregorio Hernandez, Alfredo Beltran Sierra y Rodrigo Escobar Gil, en uso de sus facultades constitucionales ...

Auto Constitucional A 075/01

Fecha: 28-Feb-2001

Mediante providencia del 8 de agosto de 2000, el Juzgado Once Civil del Circuito de Bogotá denegó la tutela considerándola improcedente, por existir otros mecanismos de defensa judicial, así como por no haberse probado la afectación de los derechos fundamentales invocados por el actor. En efecto, a juicio del a quo, no es posible vulnerarle un dere...

Auto Constitucional A 076/01

Fecha: 28-Feb-2001

1º Para resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Tribunal Administrativo del Atlántico y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, conviene reiterar que mediante innumerables autos la Sala Plena de la Corte Constitucional[1] ha establecido que la aplicación del mencionado Decreto es inconstitucional. En tal medida, ...

Auto Constitucional A 077/01

Fecha: 28-Feb-2001

1º Para resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Medellín y la Sala Sexta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, conviene señalar que mediante innumerables autos la Sala Plena de la Corte Constitucional[1] ha establecido que la aplicación del mencionado Decreto es inconstitucional. En...

Auto Constitucional A 078/01

Fecha: 05-Mar-2001

En sentencia del 10 de agosto de 2000, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Florencia (Caquetá), concedió el amparo solicitado por violación de los derechos de libertad de asociación, y libre desarrollo de la personalidad. Para ello ordenó a la entidad demandada, COFINAM, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la n...

Auto Constitucional A 078A/01

Fecha: 05-Mar-2001

Señala el accionante que en el año de 1999, solicitó al Fondo de Pensiones del Seguro Social, el reconocimiento de su pensión de vejez, pues disponía ya de un total de mil cuatrocientas cuarenta y una (1441) semanas cotizadas, setecientas setenta y cuatro (774) cotizadas desde 1983 como trabajador del municipio de Bello, y seiscientas sesenta y sie...

Auto Constitucional A 079/01

Fecha: 05-Mar-2001

En sentencia del 25 de julio de 2000, el Juzgado Quinto Penal Municipal de Bucaramanga negó la tutela en cuestión, al considerar que de acuerdo con la normatividad vigente en relación con el pago de licencias de maternidad, el empleador que se encuentre en mora en el pago de los aportes, será responsable directo de las prestaciones correspondientes...

Auto Constitucional A 080/01

Fecha: 07-Mar-2001

1. La Corte Constitucional ha venido sosteniendo en abundante jurisprudencia, que los conflictos de competencia surgidos en el trámite de las acciones de tutela deben ser resueltos por el superior jerárquico común de las autoridades judiciales involucradas, en los términos previstos por las normas del Código de Procedimiento Civil, ya que el ordena...

Auto Constitucional A 081/01

Fecha: 08-Mar-2001

Las consecuencias de la indebida designación del demandado son diferentes en el marco de la acción de tutela, ya que la informalidad y agilidad con que la Carta reviste a dicha vía judicial, hacen que sea el propio juez, en su calidad de promotor de la actuación, quien tenga la obligación subsidiaria de corregir el error en que el demandante haya p...

Auto Constitucional A 082/01

Fecha: 08-Mar-2001

1. La señora María Diva Tausa, presentó, el nueve (9) de noviembre de 2000, acción de tutela ante el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Bogotá, para que se protegieran los derechos a la vida, igualdad, y seguridad social, por cuanto, según su afirmación, las entidades demandadas no han cancelado sus mesadas pensionales correspondientes a los mese...

Auto Constitucional A 083/01

Fecha: 12-Mar-2001

En oficio del 25 de julio de 2000, el Juzgado Tercero Civil Municipal de Riohacha, aplicando el Decreto 1382 de 2000, en particular lo señalado por el numeral 1 del Artículo 1° anota que corresponde a los Juzgados Civiles de Circuito conocer de las tutelas interpuestas contra autoridades públicas del orden nacional. Por ello, ordena su remisión a l...

Auto Constitucional A 083A/01

Fecha: 12-Mar-2001

Segundo.- ORDENAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del H. Consejo Superior de la Judicatura, presidida por el doctor RODULFO PARDO ACOSTA, que de conformidad con lo expuesto en el presente auto, ponga en conocimiento del representante de la parte civil y del Procurador Tercero Delegado en lo Penal dentro del proceso por el delito de Falsedad ...

Auto Constitucional A 084/01

Fecha: 12-Mar-2001

En reiteradas ocasiones esta Corporación se ha pronunciado sobre los alcances materiales del decreto 1382 de 2000, manifestando su inconstitucionalidad por incompetencia del ejecutivo para regular el trámite establecido para la acción de tutela a través de un decreto reglamentario, pues dicho proceder vulnera lo estipulado en el art. 150 del ordena...

Auto Constitucional A 085/01

Fecha: 14-Mar-2001

En efecto: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento interno de la Corte (Acuerdo No. 05 de 1992) "Sólo podrán acumularse aquellos procesos que se incluyan en el respectivo programa mensual de trabajo y reparto, siempre y cuando la propuesta de acumulación se justifique en los términos del artículo 5 del Decreto 2067 de 1991,...

Auto Constitucional A 086/01

Fecha: 14-Mar-2001

Sobre la cosa juzgada constitucional esta corporación se ha pronunciado en múltiples ocasiones, dejando claramente establecido que cuando la Corte confronta la norma acusada con la totalidad de los preceptos constitucionales y no limita los alcances de la decisión, ha de entenderse que el fallo tiene efectos de cosa juzgada absoluta. Por el contrar...

Auto Constitucional A 087/01

Fecha: 14-Mar-2001

A la cabeza de la jurisdicción constitucional se encuentra la Corte Constitucional en virtud de que el artículo 241 de la Carta le ha confiado la guarda de la supremacía y de la integridad de la Constitución. No obstante, la Corte no ejerce un monopolio del control de constitucionalidad. Comparte la función de control abstracto sobre las normas de ...

Auto Constitucional A 088/01

Fecha: 14-Mar-2001

3º La Sala observa que en este caso se presenta un conflicto negativo de competencias entre tres autoridades judiciales, el Juzgado Cuarto de Familia de Armenia, la Sala de Casación Penal y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Como quiera que no existe un superior funcional entre estas dos últimas autoridades judiciales, le co...

Auto Constitucional A 089/01

Fecha: 14-Mar-2001

1. Como cuestión inicial debe la Corte precisar que, aunque no existe norma expresa que así lo disponga, los conflictos de competencia que se susciten en sede de tutela deben ser resueltos por el superior jerárquico común de los jueces o tribunales involucrados, y cuando estos últimos carezcan de superior común dentro de sus respectivas jurisdiccio...

Auto Constitucional A 090/01

Fecha: 14-Mar-2001

El Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Decisión, a quien le correspondió el conocimiento de la acción, mediante providencia de 6 de diciembre de 2000, ordenó remitir el expediente a la Oficina de Apoyo Judicial de Medellín con el fin de que se repartiera el proceso entre los juzgados Municipales, por dirigirse la tutela contra una...

Auto Constitucional A 091/01

Fecha: 14-Mar-2001

4. La Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, mediante decisión de enero 25 de 2001, inaplicó el numeral 2º del artículo 1o del Decreto 1382 de 2.000, por encontrarlo manifiestamente contrario a la Constitución Política. Por tal motivo, planteó un conflicto negativo de competencias y ordenó remiti...