Auto Constitucional A 022/10
Fecha: 15-Feb-2010
1. La Corte Constitucional ha señalado que, por regla general, las sentencias proferidas por la Corte Constitucional en desarrollo de su función de revisión de los fallos de tutela no son objeto de adición o aclaración en los términos del artículo 241 de la Constitución Política. Esto por cuanto, como lo ha expresado la Corte en varias oportunidade...