ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 204/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIA: MARÍA DOLORES IGAREDA DIEZ DE SOLLANO.
Fecha: 14-Oct-2022
Palacios Agustina Páginas Y
55. Por ejemplo, se les nombró inválidos, disminuidos, locos, retrasados, deficientes, u otros términos en diminutivo –enanito, por ejemplo– que no corresponden a la dignidad humana.
56. En el caso de la legislación veracruzana, por trastorno de talla buscan incluir a personas con talla alta o talla baja. Medicamente, la baja talla se define como aquella que está 2 desvíos estándar (DS) por debajo de la media de la población, mientras que la talla alta se define como una altura mayor a los 2 DS respecto a la normalidad. Sin embargo, esto no se denomina en el ámbito médico como trastorno de talla, sino como alteración de talla. Véase, por ejemplo, la siguiente guía de Alteraciones de crecimiento y talla, consultada en la página https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoid=91156#:~:text=La%20baja%20talla%20se%20define,DS%20respecto%20a%20la%20normalidad el día 20 de diciembre de 2020. Esto significa que la talla no refiere al peso, sino a la estatura.
- I Antecedentes Y Trámite De La Acción De Inconstitucionalidad
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- Artículo
- A Cuestiones Relacionadas Con Las Personas Con Discapacidad
- A Elementos Mínimos Para Cumplir Con La Obligación De Consultar A Personas Con Discapacidad
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Y Su Reglamento Se Entenderá Por
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Obligaciones Generales
- Artículo V
- Mediante Acuerdo De Once De Agosto De Dos Mil Veinte
- Por Acuerdo De Quince De Diciembre De Dos Mil Veinte
- Acuerdo General Plenario Número
- En Atención Al Artículo Fracción Ii Inciso G De La Constitución General
- Viii En Los Demás Casos En Que La Improcedencia Resulte De Alguna Disposición De Esta Ley
- Principios Generales
- Igualdad Y No Discriminación
- Igual Reconocimiento Como Persona Ante La Ley
- Participación En La Vida Política Y Pública
- Palacios Agustina Op Cit Páginas Y
- Fallada En Sesión De Veinte De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- Resuelta El Veintiuno De Abril De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- Palacios Agustina Páginas Y
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Las Sentencias Deberán Contener
- Artículo De La Ley Reglamentaria
- Las Sentencias Se Regirán Por Lo Dispuesto En Los Artículos Y De Esta Ley