ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 34/2021. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS. 7 DE DICIEMBRE DE 2021. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ANDRÉS GONZÁLEZ WATTY.
Fecha: 10-Jun-2022
Iv Legitimación
12. El artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(4) prevé que la acción de inconstitucionalidad puede ser promovida por los organismos de protección de derechos humanos de las entidades federativas en contra de leyes expedidas por las Legislaturas.
14. Por su parte, de conformidad con el primer párrafo del artículo 11 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,(5) en relación con el diverso 59 del mismo ordenamiento legal,(6) establece que la peticionaria debe comparecer por conducto del funcionario que esté facultado para representarla.
16. Dicho funcionario cuenta con facultades para representar a ese organismo, en términos del artículo 16, fracción I, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos;(7) por tanto, tiene legitimación para ser parte en este medio de control constitucional.
17. En consecuencia, ha quedado demostrado que quien promueve la presente acción de inconstitucionalidad está legitimado para demandar la invalidez de las normas generales impugnadas.
- I Antecedentes
- En Sus Conceptos De Invalidez La Comisión Alegó Esencialmente Lo Siguiente
- Informes En Su Informe El Poder Ejecutivo Local Sostuvo Esencialmente Lo Siguiente
- En Su Informe El Poder Legislativo Local Argumentó Medularmente Lo Siguiente
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia
- Vi Precisión De La Litis
- Viii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Reformado Dof De Diciembre De
- Reformado Primer Párrafo Dof De Agosto De
- Reformado Dof De Enero De
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Ley De La Comisión De Derechos Humanos Del Estado De Morelos
- Artículo El Derecho De Iniciar Leyes Y Decretos Corresponde
- Véase Los Siguientes Asuntos
- Adicionada Po De Diciembre De
- Reglamento Para El Congreso Del Estado De Morelos
- I Que La Asamblea Acuerde Dar Preferencia A Otro Asunto De Mayor Urgencia O Gravedad
- Artículo
- Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano De Morelos
- Reformado Po De Julio De
- Reformado Po De Septiembre De
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener