Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 109/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE ENERO DE 2020. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNANDEZ. SECRETARIO: JORGE F. CALDERÓN GAMBOA.
Fecha: 08-Jul-2022
Iv Legitimación
22. La demanda fue suscrita por María del Rosario Piedra Ibarra en su carácter de presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, lo que acreditó con la copia certificada del acuerdo de designación de doce de noviembre de dos mil diecinueve (F. 26 del anexo I), expedido por la presidenta y el secretario de la Mesa Directiva de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Senado de la República, por el periodo que comprende del dieciséis de noviembre de dos mil diecinueve al quince de noviembre de dos mil veinticuatro.(21)
23. De acuerdo con el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la CNDH podrá ejercer la acción de inconstitucionalidad respecto de leyes federales o estatales que contraríen el orden constitucional, la cual puede ser legalmente representada por su presidenta, de conformidad con los artículos 15, fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos(22) y 18, de su reglamento interno.(23)
24. Por tanto, si en el presente caso la Presidenta de la CNDH promovió la presente acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Salud del Estado de Yucatán, expedida mediante Decreto número 167/2020, dicho organismo autónomo accionante, tiene legitimación para impugnarlo.
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- B Informe Del Poder Legislativo Del Estado De Yucatán La Autoridad Sostuvo Lo Siguiente
- Ii Competencia
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia
- Vi Estudio De Fondo
- A Sobre El Acceso A La Información En El Derecho A La Salud Y En Materia Reproductiva
- El Artículo O De La Constitución General Establece En Lo Pertinente Que
- A Parámetro Convencional
- B Sobre La Inclusión De Las Lenguas Indígenas
- B Parámetro Constitucional
- Artículo O La Nación Mexicana Es Única E Indivisible
- B Parámetro Convencional
- C Análisis Al Caso Concreto
- C Contexto De Lenguas Indígenas En El Estado De Yucatán
- C Norma Impugnada
- C Estándares Aplicables Y Subsunción
- Capítulo Vi Servicios De Planificación Familiar
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Ibídem Fojas A También Visible En El Referido Sistema
- Ibídem Fojas A Y También Se Visualiza En El Sistema Electrónico De La Scjn
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Número
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Comité Desc Observación General No Párrs Y D
- Onu Comité Sobre Los Derechos Del Niño Observación General No
- Cfr Onu Comité Desc Og Supra Párr
- Corte Idh Caso Poblete Vilches Y Otros Vs Chile Supra Párr
- Cfr Caso Claude Reyes Y Otros Vs Chile Supra Párr
- Caso Artavia Murillo Y Otros Fecundación In Vitro Vs Costa Rica Supra Párr
- Acción De Inconstitucionalidad Párrs A
- Según Cifras Del Inegi En
- Se Hace Notar Que La Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano De Yucatán Establece Que
- Otros Artículos Que Hacen Referencia A La Lengua Maya Son Artículo Bis Inciso Ii
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener