ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 111/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 6 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.
Fecha: 24-Feb-2023
Artículo El Patrimonio Del Instituto Se Integrará Con
"I. Las aportaciones, participaciones, subsidios, transferencias y apoyos que le otorguen los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal;
"II. Las aportaciones y donaciones que bajo cualquier título, le realicen personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, así como las que reciba a través de fideicomisos en los que se le señale como fideicomisario;
"III. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título legal para el cumplimiento de su objeto;
"IV. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimientos, contraprestaciones y en general, los bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal; y,
"V. Los ingresos derivados de la prestación de los servicios a su cargo y en cumplimiento de su objeto, que se regirán conforme a las disposiciones legales aplicables.
"Los bienes que formen parte del patrimonio del organismo, se equipararán a los del dominio público y, por lo tanto, serán inembargables, inalienables e imprescriptibles."
"Artículo 102. El instituto administrará y dispondrá libremente de su patrimonio para el cumplimiento de su objeto, sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables a los organismos descentralizados."
"Artículo 103. Las relaciones laborales entre el organismo y sus trabajadores, se regirán por la normatividad que resulte aplicable."
"Artículo 104. La vigilancia del instituto estará a cargo de un órgano interno de control, designado por la Secretaría de la Función Pública, quien tendrá las facultades que le otorgan la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla y las demás disposiciones aplicables."
- Y Resultando
- Considerando
- Artículo
- De La Naturaleza Objeto Y Funciones Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas
- B De Coordinación Con Los Ayuntamientos Y Comunidades
- D De Concertación Con Los Sectores Social Y Privado Así Como Con Organismos Internacionales
- Lv Las Demás Que Establezcan Las Disposiciones Legales Aplicables
- Ii Una Dirección General Como Órgano De Administración
- L Secretaría Del Trabajo
- La Junta De Gobierno Designará A Un Secretario Técnico
- Ii Definir Los Criterios Prioridades Y Metas Del Instituto
- Vi Decidir El Uso Y Destino De Los Recursos Autorizados Y La Aplicación De Ingresos Excedentes
- X Las Demás Previstas En Las Disposiciones Aplicables
- Iii Celebrar Y Otorgar Toda Clase De Actos Y Documentos Respecto Del Objeto Del Instituto
- Viii Celebrar Transacciones En Materia Judicial Y Comprometer Asuntos En Arbitraje
- Xi Dar A Conocer A La Junta De Gobierno Las Propuestas Del Consejo Estatal De Pueblos Indígenas
- Artículo El Instituto Contará Con Un Consejo Estatal De Pueblos Indígenas Integrado Por
- Iv Quién Presida La Comisión De Pueblos Indígenas Del Congreso Del Estado
- Artículo El Patrimonio Del Instituto Se Integrará Con
- El Concepto De Invalidez Es Fundado
- E Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- Señalar Como Principios Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas Los Siguientes
- Señalar La Forma En Que Se Integrará El Patrimonio Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas
- La Dirección General De Defensoría Pública
- La Fiscalía General Del Estado De Puebla
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con Los Puntos Resolutivos Primero Y Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Plenario Número
- Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo De La Cpeum
- Primer Día Del Plazo Para Presentar La Demanda
- Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Transitorios
- Al Aplicar Las Disposiciones Del Presente Convenio Los Gobiernos Deberán
- Convenio De La Oit
- Fojas A Del Expediente
- Artículo O