ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 111/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 6 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.
Fecha: 24-Feb-2023
En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales por la invalidez total del decreto y apartándose de los párrafos sesenta y uno y sesenta y dos, Pardo Rebolledo con reservas en cuanto al estándar rígido, Piña Hernández con consideraciones adicionales y por la invalidez total del decreto, Ríos Farjat, Laynez Potisek y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona el cuarto párrafo del artículo 2, así como el capítulo XII, sección I y los artículos del 81 al 104 de la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el quince de enero de dos mil veinte, salvo su artículo 85, fracción XLI. La señora Ministra Piña Hernández anunció votos aclaratorio y concurrente. El señor Ministro Pardo Rebolledo anunció voto concurrente.
- Y Resultando
- Considerando
- Artículo
- De La Naturaleza Objeto Y Funciones Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas
- B De Coordinación Con Los Ayuntamientos Y Comunidades
- D De Concertación Con Los Sectores Social Y Privado Así Como Con Organismos Internacionales
- Lv Las Demás Que Establezcan Las Disposiciones Legales Aplicables
- Ii Una Dirección General Como Órgano De Administración
- L Secretaría Del Trabajo
- La Junta De Gobierno Designará A Un Secretario Técnico
- Ii Definir Los Criterios Prioridades Y Metas Del Instituto
- Vi Decidir El Uso Y Destino De Los Recursos Autorizados Y La Aplicación De Ingresos Excedentes
- X Las Demás Previstas En Las Disposiciones Aplicables
- Iii Celebrar Y Otorgar Toda Clase De Actos Y Documentos Respecto Del Objeto Del Instituto
- Viii Celebrar Transacciones En Materia Judicial Y Comprometer Asuntos En Arbitraje
- Xi Dar A Conocer A La Junta De Gobierno Las Propuestas Del Consejo Estatal De Pueblos Indígenas
- Artículo El Instituto Contará Con Un Consejo Estatal De Pueblos Indígenas Integrado Por
- Iv Quién Presida La Comisión De Pueblos Indígenas Del Congreso Del Estado
- Artículo El Patrimonio Del Instituto Se Integrará Con
- El Concepto De Invalidez Es Fundado
- E Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- Señalar Como Principios Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas Los Siguientes
- Señalar La Forma En Que Se Integrará El Patrimonio Del Instituto Poblano De Los Pueblos Indígenas
- La Dirección General De Defensoría Pública
- La Fiscalía General Del Estado De Puebla
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con Los Puntos Resolutivos Primero Y Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Plenario Número
- Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo De La Cpeum
- Primer Día Del Plazo Para Presentar La Demanda
- Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Transitorios
- Al Aplicar Las Disposiciones Del Presente Convenio Los Gobiernos Deberán
- Convenio De La Oit
- Fojas A Del Expediente
- Artículo O