ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2022. PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2022. PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.

Fecha: 14-Abr-2023

Ii Normas Generales Cuya Invalidez Se Reclama

• Decreto Número 45 mediante el cual se expide la Ley de Ingresos del Municipio de Purépero, Michoacán, para el ejercicio fiscal del año 2022, en específico la porción normativa contenida en el artículo 27, fracción VII.

• Decreto Número 124 mediante el cual se expide la Ley de Ingresos del Municipio de Morelia, Michoacán, para el ejercicio fiscal del año 2022, en específico la porción normativa contenida en el artículo 36, fracción XXIII.

2. Preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados. La autoridad accionante considera que las normas que impugna son contrarias a los artículos 6o., apartado A, fracción III, y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Conceptos de invalidez. En su escrito inicial, la parte accionante expuso, en síntesis, los siguientes conceptos de invalidez:

• ÚNICO. Las porciones normativas contenidas en los artículos 27, fracción VII, de la Ley de Ingresos del Municipio de Purépero, Michoacán, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós, en lo correspondiente a "búsquedas de archivos" y 36, fracción XXIII, de la Ley de Ingresos del Municipio de Morelia, Michoacán, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós, en lo relativo a "búsqueda de documentos resguardados en los diversos archivos del Municipio, generados por las dependencias o entidades municipales, por cada documento", vulneran los principios de gratuidad en materia de acceso a la información y proporcionalidad tributaria, previstos en los artículos 6o., apartado A, fracción III, y 31, fracción IV, constitucional.