ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 38/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE ENERO DE 2023. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: PAULA XIMENA MÉNDEZ AZUELA.
Fecha: 28-Abr-2023
A Finalidad Constitucionalmente Válida
81. Los derechos humanos, los bienes colectivos y los bienes jurídicos garantizados como principios constitucionales, constituyen fines que legítimamente fundamentan la intervención del legislador en el ejercicio de otros derechos.
82. Para poder identificar esa finalidad perseguida por el legislador, puede atenderse a los documentos que informan el proceso legislativo de la disposición analizada, o bien, a la interpretación de las propias normas combatidas.
83. En esas circunstancias, de acuerdo con la exposición de motivos presentada por el Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, es posible advertir que el requisito de no contar con antecedentes penales para poder desarrollar funciones en los centros de atención y desarrollo infantil persigue la finalidad de preservar el interés superior de la niñez.
84. El legislador señaló al emitir su informe que, durante su estancia en los centros de atención infantil, las niñas, niños y adolescentes se encuentran bajo el resguardo de personal que no forma parte de su núcleo familiar, situación que obliga al Estado a adoptar medidas agravadas o reforzadas con el fin de ofrecer una mayor seguridad para las infancias. 85. El legislador pretende asegurar que accedan al puesto sólo personas que demuestren rectitud, probidad, honorabilidad, todas características son necesarias para desempeñar cargos en los centros de atención infantil de Nuevo León.
86. Como se analizó en el apartado anterior, dicha finalidad no es sólo admisible, sino que es una exigencia constitucional y convencional de las autoridades, derivado de los derechos de niñas, niñas y adolescentes y, en específico del principio de vida, supervivencia y desarrollo de este sector.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- La Norma Impugnada Tiene El Contenido Siguiente
- Xi Que El Personal Que Labore En Los Centros De Atención No Cuente Con Antecedentes Penales
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- Parámetro De Regularidad Del Derecho A La Igualdad Y No Discriminación
- Constitucionalidad Del Requisito De No Contar Con Antecedentes Penales
- Parámetro De Regularidad Del Interés Superior De La Niñez
- Estudio Del Caso Concreto
- Existencia De Una Distinción Legislativa
- Tipo De Escrutinio
- A Finalidad Constitucionalmente Válida
- B Instrumentalidad De La Medida
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Cuaderno De Acción De Inconstitucionalidad Fojas
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Artículo O
- Convención Sobre Los Derechos Del Niño Artículo