ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 38/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE ENERO DE 2023. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: PAULA XIMENA MÉNDEZ AZUELA.
Fecha: 28-Abr-2023
Iii Oportunidad
26. Conforme al artículo 60, párrafo primero, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución General, el plazo para promover acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales, computados a partir del día siguiente a la fecha en que la norma general sea publicada en el medio oficial correspondiente.
27. La norma impugnada fue publicada el veintiocho de enero de dos mil veintidós, de tal suerte que el plazo de impugnación transcurrió desde el sábado veintinueve de enero al domingo veintisiete de febrero de dos mil veintidós. Sin embargo, dado que este último día fue inhábil, y la acción de inconstitucionalidad fue interpuesta ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el veintiocho de febrero de dos mil veintidós, se estima que su promoción es oportuna.
28. Estas consideraciones son vinculatorias en términos del artículo 43 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional, al haberse aprobado por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Zaldívar Lelo de Larrea, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidenta Piña Hernández.
28. Estas consideraciones son vinculatorias en términos del artículo 43 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional, al haberse aprobado por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Zaldívar Lelo de Larrea, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidenta Piña Hernández.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- La Norma Impugnada Tiene El Contenido Siguiente
- Xi Que El Personal Que Labore En Los Centros De Atención No Cuente Con Antecedentes Penales
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- Parámetro De Regularidad Del Derecho A La Igualdad Y No Discriminación
- Constitucionalidad Del Requisito De No Contar Con Antecedentes Penales
- Parámetro De Regularidad Del Interés Superior De La Niñez
- Estudio Del Caso Concreto
- Existencia De Una Distinción Legislativa
- Tipo De Escrutinio
- A Finalidad Constitucionalmente Válida
- B Instrumentalidad De La Medida
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Cuaderno De Acción De Inconstitucionalidad Fojas
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Artículo O
- Convención Sobre Los Derechos Del Niño Artículo