ACLARACIÓN DE SENTENCIA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 70/97. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACLARACIÓN DE SENTENCIA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 70/97. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.

Fecha: 26-Ago-1997

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

"‘ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Emilio Bolaños Díaz contra los actos que reclama de la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Juez Décimo Quinto del Arrendamiento Inmobiliario de esta ciudad, consistentes en la sentencia definitiva que pronunció la Sala con fecha veintiuno de mayo de mil novecientos ochenta y cinco, en el toca 1647/83 y su ejecución por el Juez responsable. El amparo se concede para los efectos que se precisan en el penúltimo párrafo del considerando quinto de esta ejecutoria.’

"TERCERO. A su vez, el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito al fallar el veintidós de enero de mil novecientos noventa y siete, el amparo directo número 638/96, en lo conducente consideró: