AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 184/2000. ALMACENADORA GENERAL, S.A.
Fecha: 14-Nov-1996
Primerose Revoca La Sentencia Recurrida
SEGUNDO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a la persona moral denominada Almacenadora General, Sociedad Anónima, en contra del acto que, por conducto de su apoderado especial para pleitos y cobranzas, Alfonso Amaro Treviño de Vega, reclamó de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, con sede en esta Ciudad de México, consistente en la sentencia de siete de enero de mil novecientos noventa y nueve, dictada en el expediente de nulidad número 100 (14)72/98/1880/97.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado de su origen y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas (ponente) y presidente José de Jesús Gudiño Pelayo.
- Considerando
- En La Primera Parte De Dichos Agravios Aduce Sustancialmente Lo Siguiente
- Los Anteriores Argumentos Resultan Por Una Parte Inoperantes Y Por Otra Infundados
- Tesis Pj
- Página
- Código Fiscal De La Federación
- Por Lo Que Con Motivo De La Referida Modificación El Artículo A Quedó En Los Siguientes Términos
- Los Documentos De Embarque Deberán Estar Expedidos O Endosados A Los Almacenes
- Iii Derogada Do De Julio De
- En Efecto Los Indicados Párrafos Del Artículo En Cita Disponen
- I Se Presentó La Declaración Del Ejercicio Cuando Se Tenga Obligación De Hacerlo
- Iii Se Hubiere Cometido La Infracción A Las Disposiciones Fiscales
- El Plazo A Que Se Refiere Este Artículo Será De Diez Años Cuando El Contribuyente
- Primerose Revoca La Sentencia Recurrida