Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3274/2014. 12 DE NOVIEMBRE DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. P
Fecha: 22-May-2015
Vi Consideraciones Y Fundamentos
19. Ahora bien, para estar en condiciones de fijar la materia de análisis del presente asunto, será necesario considerar algunos antecedentes del caso: los argumentos expuestos por el quejoso en los conceptos de violación de la demanda de amparo, las consideraciones emitidas en la sentencia recurrida y los agravios hechos valer.
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad
- V Procedencia
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Conceptos De Violación En Síntesis El Quejoso Expuso En Su Demanda De Amparo Lo Siguiente
- Agravios Los Agravios Hechos Valer Por El Recurrente En Síntesis Son Los Siguientes
- C Inaplicación De La Ley Cuando Las Alternativas No Sean Posibles
- Vi Decisión
- Primero En La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida
- Publicado El Veintiuno De Mayo De Dos Mil Trece En El Diario Oficial De La Federación