AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1072/2014. 17 DE JUNIO DE 2015. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, QUIEN FORMULÓ VOT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1072/2014. 17 DE JUNIO DE 2015. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, QUIEN FORMULÓ VOT

Fecha: 03-Mar-2017

Tercerose Declara Infundada La Revisión Adhesiva

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el presente toca como asunto concluido.

Así, lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de los Ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), Jorge Mario Pardo Rebolledo, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y el presidente de la Primera Sala, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien se reservó el derecho de formular voto concurrente, contra el voto del Ministro José Ramón Cossío Díaz, quien se reservó su derecho a formular voto particular.

En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: Las tesis de jurisprudencia y aisladas 1a./J. 18/2014 (10a.), 1a. LXXI/2013 (10a.), 1a. CXIV/2008 y 1a. XVI/2011 citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 28 de marzo de 2014 a las 10:03 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 4, Tomo I, marzo de 2014, página 406, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XX, Tomo 1, mayo de 2013, página 541 y Novena Época, Tomos XXVIII, diciembre de 2008, página 237 y XXXIII, febrero de 2011, página 616, respectivamente.