DERECHO DE LOS MENORES DE EDAD A PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES QUE AFECTEN SU ESFERA JURÍDICA. LINEAMIENTOS PARA SU EJERCICIO.
Fecha: 17-Mar-2017
Páginas A Del Cuaderno De Revisión Adr
15. "Artículo 107. Las controversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes: ...
"IX. En materia de amparo directo procede el recurso de revisión en contra de las sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, establezcan la interpretación directa de un precepto de esta Constitución u omitan decidir sobre tales cuestiones cuando hubieren sido planteadas, siempre que fijen un criterio de importancia y trascendencia, según lo disponga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cumplimiento de los acuerdos generales del Pleno.
"La materia del recurso se limitará a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras."
- Iii Competencia Y Oportunidad
- Iv Procedencia
- V Consideraciones Y Fundamentos
- Conceptos De Violación En Su Demanda De Amparo La Quejosa Alegó Lo Siguiente
- Cómo Debe Calificarse El Resto De Los Agravios
- I Los Menores De Edad
- Iii Derogada
- Artículo El Mayor De Edad Dispone Libremente De Su Persona Y De De Sic Sus Bienes
- Cómo Deben Calificarse Los Restantes Agravios
- Vi Decisión
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Páginas A Del Cuaderno De Revisión Adr
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo O