Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN: 4243/2020. QUEJOSOS Y RECURRENTES: ALEJANDRO DE VIVEIROS ORTIZ Y OTRA.13 DE JULIO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: CLAUDIA LISSETTE MONTAÑO MENDOZA.
Fecha: 02-Dic-2022
Ii Cuando Se Desconozca La Presunción Legal Que Tenga A Su Favor El Colitigante Y
7. "Artículo 222. Las sentencias contendrán, además de los requisitos comunes a toda resolución judicial, una relación suscinta de las cuestiones planteadas y de las pruebas rendidas, así como las consideraciones jurídicas aplicables, tanto legales como doctrinarias, comprendiendo, en ellas, los motivos para hacer o no condenación en costas, y terminarán resolviendo, con toda precisión, los puntos sujetos a la consideración del tribunal, y fijando, en su caso, el plazo dentro del cual deben cumplirse."
8. "Artículo 354. La cosa juzgada es la verdad legal, y contra ella no se admite recurso ni prueba de ninguna clase, salvo los casos expresamente determinados por la ley."
- Índice Temático
- Resultando
- Quinto No Se Hace Especial Condena Al Pago De Gastos Y Costas En Esta Instancia
- Segundo Se Condena A La Actora Al Pago De Costas En Esta Segunda Instancia
- Autoridades Responsables
- Actos Reclamados
- Considerando
- Alejandro De Viveiros Ortiz Como Persona Física Se Ostenta Como Autor De La Obra
- Zitro Ip Sarl Es Una Persona Moral Que No Puede Ser Considerada Como Titular De La Obra
- Tales Obras Al Tratarse De Dibujos Fueron Necesariamente Creados Por Una Persona Física Autor
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Segundoqueda Firme La Sentencia Recurrida
- Artículo
- Artículo Autor Es La Persona Física Que Ha Creado Una Obra Literaria Y Artística
- Ii Cuando Se Desconozca La Presunción Legal Que Tenga A Su Favor El Colitigante Y
- I Las Que No Admitan Ningún Recurso
- En La Exposición De Motivos Mencionada Se Indica Entre Otras Cosas Lo Siguiente
- Ley Federal Del Derecho De Autor