Suprema Corte de Justicia de la Nación amPARO directo EN REVISIÓN 5826/2024
Fecha: 08-Ene-2025
I. COMPETENCIA
- Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente recurso de revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal; 81, fracción II, de la Ley de Amparo y 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los Puntos Primero, Segundo y Tercero, del Acuerdo 1/2023, del Pleno de este Alto Tribunal, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, modificado mediante instrumento normativo de diez de abril siguiente, en virtud de que se interpuso en contra de la sentencia dictada en un juicio de amparo directo, donde se alega que subsiste el planteamiento de constitucionalidad; sin que se considere necesaria la intervención del Pleno.
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