AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1250/2025
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1250/2025

Fecha: 28-May-2025

I. COMPETENCIA

  1. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es legalmente competente para conocer de los presentes recursos de revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción II, 83 y 96 de la Ley de Amparo; 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno , en relación con los puntos Primero y Tercero del Acuerdo General 1/2023, emitido por el Pleno de este alto tribunal.
  2. Lo anterior, porque el recurso se interpuso en contra de una sentencia dictada por un Tribunal Colegiado de Circuito en un juicio de amparo directo en materia penal, lo cual es competencia de la Primera Sala y no es necesaria la intervención del Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.