Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1250/2025
Fecha: 28-May-2025
REVISIÓN ADHESIVA
- Ahora, considerando que la revisión adhesiva interpuesta por la tercera interesada, señora Persona “B”, tenía el objetivo de que subsistiera la resolución recurrida, al haberse confirmado la sentencia de amparo desapareció la condición a la que estaba sujeto su interés, por lo que procede declarar sin materia su recurso .
- Es aplicable al respecto la jurisprudencia 71/2006 , de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título: “REVISIÓN ADHESIVA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA AL DESAPARECER LA CONDICIÓN A LA QUE SE SUJETA EL INTERÉS DEL ADHERENTE” .
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