AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1250/2025
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1250/2025

Fecha: 28-May-2025

II. OPORTUNIDAD

  1. Revisión principal. La sentencia recurrida fue notificada personalmente al autorizado del quejoso el jueves trece de febrero de dos mil veinticinco , por lo que surtió efectos viernes catorce del mismo mes y año .
  2. Por ello, el plazo de diez días establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del lunes diecisiete al viernes veintiocho de febrero de dos mil veinticinco , descontándose los días quince, dieciséis, veintidós y veintitrés de febrero, por ser sábados y domingos; de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo .
  3. Por tanto, si el escrito de agravios se presentó el veintiséis de febrero de dos mil veinticinco , esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna .
  4. Revisión adhesiva. La tercera interesada, señora Persona “B” hizo valer, resulta oportuno porque la admisión del recurso principal le fue notificada mediante lista a las partes el diecinueve de marzo de dos mil veinticinco , surtiendo efectos al día siguiente, es decir, el veintiuno del mismo mes y año.
  5. Por lo que el plazo para la presentación del recurso adhesivo corrió del veinticuatro al veintiocho de marzo del presente año .
  6. De tal forma que, si el recurso se presentó el veintiocho de marzo de dos mil veinticinco , se concluye que su interposición se realizó dentro del plazo de cinco días establecido en el diverso 82 de la citada ley reglamentaria .

III. LEGITIMACIÓN

  1. Este alto tribunal considera que el señor Persona “A” cuenta con la legitimación para interponer el recurso de revisión y la señora Persona “B”, para hacer valer revisión adhesiva, pues el Tribunal Colegiado de Circuito que conoció del juicio de amparo les reconoció el carácter de parte quejosa y tercera interesada, respectivamente, en términos del artículo 5, fracciones I y III, inciso d), de la Ley de Amparo .