AMPARO DIRECTO 620/2009. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 620/2009. **********.

Fecha: 01-Ene-1917

Trámite Del Juicio

De la demanda correspondió conocer a la Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, quien la admitió radicándola con el número **********; ordenó requerir al demandado el pago de la cantidad reclamada, más los intereses moratorios pactados, desde el momento en que se incurrió en mora, hasta la conclusión del juicio y, de no efectuarlo, se le embargaran bienes de su propiedad suficientes para cubrir lo reclamado, concediéndole el término de cinco días para el pago de las prestaciones reclamadas, o bien, para que se opusiera a la ejecución si tuviere excepciones que hacer valer (fojas 8 y 9 del juicio ejecutivo).

Mediante escrito presentado el dos de octubre de dos mil siete, ********** dio contestación a la demanda entablada en su contra, promoviendo en éste incidente de falta de personalidad y de legitimación activa (fojas 31 a 34 del juicio de origen), el cual la juzgadora lo tuvo interpuesto en tiempo (foja 58).

La Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, resolvió el incidente de falta de personalidad y de legitimación activa en resolución de fecha tres de diciembre de dos mil siete, en la cual consideró improcedente dicho incidente (fojas 115 a 118 vuelta, del juicio de origen).

Seguido el juicio por sus diversas etapas, el nueve de febrero de dos mil nueve, la Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Judicial Bravos dictó sentencia en el juicio de origen, en la que resolvió: