AMPARO DIRECTO 658/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 658/2010. **********.

Fecha: 06-Feb-1917

Artículo En Todo Juicio Del Orden Criminal Tendrá El Acusado Las Siguientes Garantías

"...

"III. Se le hará saber en audiencia pública, y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación a la justicia, el nombre de su acusador y la naturaleza y causa de la acusación, a fin de que conozca bien el hecho punible que se le atribuye y pueda contestar el cargo, rindiendo en este acto su declaración preparatoria.

"IV. Será careado con los testigos que depongan en su contra, los que declararán en su presencia si estuviesen en el lugar del juicio, para que pueda hacerles todas las preguntas conducentes a su defensa.