En Efecto Los Artículos Fracción I Y Del Código Civil Para El Estado De Puebla Disponen
"Artículo 1920. Son elementos esenciales del acto jurídico: I. La voluntad del autor o de los autores del acto. II. El objeto del mismo. III. Tratándose de actos solemnes, la forma requerida por la ley."
"Artículo 1921. El acto jurídico es inexistente cuando falte alguno de los elementos esenciales del mismo."
- Considerando
- El Quejoso Manifiesta
- Los Anteriores Conceptos De Violación Son Fundados
- El Hoy Quejoso Ofreció Como Pruebas De Su Parte Entre Otras Las Siguientes
- En Efecto Los Artículos Fracción I Y Del Código Civil Para El Estado De Puebla Disponen
- Por Su Parte En Su Escrito De Expresión De Agravios La Actora Señaló
- Artículo La Venta De Un Bien Ajeno Es Nula
- Por Su Parte El Dictamen Emitido Por El Perito De La Actora Es Del Tenor Literal Siguiente
- El Perito Tercero En Discordia Emitió El Siguiente Dictamen
- Por Lo Expuesto Y Con Fundamento En El Artículo De La Ley De Amparo Se Resuelve
