AMPARO DIRECTO 23613/2005. EDGAR SALGADO MUÑOZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 23613/2005. EDGAR SALGADO MUÑOZ.

Fecha: 06-Ene-2003

Por Otro Lado El Artículo Del Citado Reglamento Prevé

"Artículo 42. El salario tabulado es el que aparece sin prestaciones en el tabulador del personal de confianza.

"El salario ordinario se integra con el salario tabulado, fondo de ahorros (cuota fija y cuota variable), ayuda de renta de casa y ayuda para despensa. En el caso de los trabajadores de turno, se incluye el tiempo extra fijo.

"El patrón se obliga a liquidar cada catorce días el importe de los salarios devengados por el trabajador, directamente o a través de instituciones bancarias; asimismo a retener los impuestos que correspondan conforme a las leyes respectivas."