Posteriormente El Quejoso Mediante Escrito Amplió Su Declaración Y Expuso
"... desde que **********(4) empezó a convivir con él, tuvieron diferencias frecuentes debido a sus constantes infidelidades, resultando que, en el mes de junio del 2005 dos mil cinco, su hijo de nombre **********(3) y él fueron a buscarla a la casa de una amiga de ella, puesto que ya eran las dos de la mañana y no llegaba a la casa a dormir y, al encontrarnos en el domicilio de su amiga, escucharon que había varios hombres con ellas; que estaban en estado de ebriedad cantando y gritando "tanga, tanga", por lo que, de manera silenciosa, su hijo y él se subieron a la azotea, ya que eran unos departamentos que la escalera llegaba hasta el techo, y de arriba estuvieron viendo, tanto su hijo como él, cómo su mamá bailaba de manera provocativa y se le sentaba en las piernas con movimientos eróticos a un tipo que ahí se encontraba, por lo que no hicieron ruido debido a que eran como seis las personas del sexo masculino que ahí se encontraban con **********(4) y con su amiga; al salir, como a las tres de la madrugada, salió abrazada de uno de los tipos que ahí se encontraban e iban en compañía de otros tres varones que, desde luego, él no conocía y en cuanto, se retiraron, tomó a su hijo y se fueron a la casa; ella aún no llegaba, y cuando llegó le dijo que eso ya no lo toleraría, lo que motivó que se fuera a vivir a un departamento que en ese tiempo era su domicilio, que se encontraba en la calle ********** en **********, Jalisco, y que era el mismo edificio en el que tenía un negocio de ‘Spa’ y una estética que él le había comprado; a razón de lo anterior empezó a investigar qué estaba pasando y se dio cuenta que la madre de sus hijos se prostituía y de las grabaciones que obtuvo en ese tiempo se dio cuenta que quien la contrataba para prestar sexo servicios era una persona de nombre **********(16), la cual él ya había saludado en alguna ocasión que la encontró en el negocio de ‘Spa’ y **********(16) le dijo que estaba destruyendo a su familia, y ella le dijo que no la obligaba; cabe hacer mención que a cada cliente que le conseguía le cobraban $1,000.00, de los cuales se repartían el 50% cada una, **********(4) y **********(16), lo que empeoró la relación, ya que, como se llevó a los niños, había ocasiones en que otras vecinas que vivían cerca de los mismos departamentos le hablaban para decirle que los niños estaban en la calle, siendo más de la media noche, por lo que se iba a acompañarlos mientras llegaba su madre, la cual, de manera burlona y descarada, se bajaba de los vehículos y les abría la puerta a los niños para que se pudieran meter a dormir, reclamándoles en palabras altisonantes, en el sentido de que para que, le andan hablando a este cabrón, para que venga a chilar (sic) y maltratándolos también a ellos, ya que se iba cuando ellos estaban en la escuela, y cuando llegaban de la escuela la puerta estaba cerrada hasta que volvía a llegar; por lo anterior decidieron que a los niños mejor los cuidara una amiga de ella, la cual responde al nombre de **********(17), que tiene su domicilio en ********** en la colonia **********, en **********, Jalisco, debido a los maltratos físicos y psicológicos a que eran sometidos los niños para que no le dijeran las actividades de su madre, como que dijeran con quién llegaba, a qué hora llegaba o si estaba en la calle hasta altas horas de la noche, y la determinación anterior se dio a raíz de una ocasión que iba a recoger a los niños, le dijeron que ya no querían regresar porque su mamá dejaba dormir a hombres en el departamento y que casi siempre estaban borrachos, por lo que se regresó al departamento para recoger los uniformes de los niños y se percató de que, efectivamente, en el interior del departamento se encontraba un hombre semidesnudo al que sólo conoció como **********(18) o **********(18), lo que le causó gran molestia y se empezaron a agredir física y verbalmente, por eso optamos porque tanto su hijo **********(3) y **********(12) los cuidara la persona antes mencionada, y para sacar los uniformes fue necesario pedir el apoyo de la fuerza pública, ya que estaba temeroso de que lo agredieran y dijeran lo contrario, de esa forma fue que sacó los uniformes ... el día de los hechos que denunció **********(4), ella fue a sacar a los niños de la casa donde los cuidaba la señora **********(17), lo que realizó de manera furtiva y violenta, y al llegar a recogerlos al departamento de ********** fue agredido y realmente a quien estaban defendiendo los niños era a él; que los partes médicos **********(4) los consiguió porque tiene un amigo médico; que no es cierto que le haya tumbado ningún diente a su hijo, esa pieza dental ya se le había caído porque estaba mudando y ella, desde luego, que no presentaba ninguna lesión; que él trataba de que lo soltara y lo rasguñó, y rompió totalmente la camisa para que no se llevara a los niños, pero de todas maneras se llevó a su hija **********(12), por esa razón los partes médicos no especifican ninguna lesión ni la describen, ni tampoco hablan de su ubicación o magnitud, por lo que solicitará interrogar al galeno, y las amenazas de muerte es totalmente falso, ya que ella era la que lo amenazaba diciéndole a través de los niños que su pareja **********(18) era narcotraficante y que siempre traía armas de fuego en su camioneta, lo que era verdad y sabía que **********(4) era capaz de cualquier cosa, ya que, por conducto de sus propias amigas, se dio cuenta de que él no se curaba de una enfermedad que tenía en virtud de que ella le daba en la comida sangre de menstruación, cabello púbico picado y muchos otros brebajes que hacían que todo se le olvidara, que le doliera la cabeza y no pudiera trabajar, más otras tantas cosas que quisiera explicar pero, por dignidad, se abstenía, pero que es necesario que se conozcan ..."
Declaraciones a las cuales fue ajustado a derecho que no les otorgara ningún valor la responsable, toda vez que el quejoso, con simples manifestaciones, niega los hechos materia de estudio, tratando solamente, como con acierto establece la ad quem, de mejorar su situación jurídica, ya que lo declarado por éste no se encuentra corroborado con ningún medio fehaciente de prueba y sí, por el contrario, existen en su contra diversas probanzas ya analizadas con antelación, como lo es la declaración de la denunciante **********(4), lo vertido por los menores ofendidos **********(3) y **********(2); el resultado de las inspecciones ministeriales realizadas en la economía corporal de los menores y los partes médicos de lesiones expedidos a éstos por la Cruz Verde Las Águilas; por lo que, contrario a los deposados aislados del promovente de garantías, quedó acreditado que el accionante de garantías llevó a cabo la conducta ilícita de maltrato al infante.
De lo que se advierte, resulta infundado el argumento del quejoso, en el sentido de que no se analizó la prueba de careos.
Pues el que no se les haya dado el valor conforme a las pretensiones del accionante de garantías, no implica una omisión de la responsable, por restarles valía probatoria.
En relación a lo expuesto por el quejoso, en el sentido de que el día y hora en los que se suscitaron los acontecimientos en estudio, él se encontraba realizando otras actividades diversas, como lo son que fue a recoger a los niños; como acertadamente establece la responsable, contrario a esa afirmación del accionante del amparo, los menores ofendidos son tajantes al expresar que fueron agredidos por **********(1), ya que éste, al arribar al domicilio de los menores, inició una agresión verbal contra la menor **********(2), por lo que acudió en su defensa su progenitora **********(4), lo que originó agresiones recíprocas entre el quejoso y **********(4), por lo que intervinieron los menores con la intención de mediar en la lid, siendo agredidos de forma directa por el aquí quejoso, pues a la menor **********(2) le propinó puntapiés y un golpe en el mentón con la mano cerrada, en tanto que al menor **********(3) lo "tumbó" con sus manos, lo que derivó en que perdiera una pieza dental; señalamiento que fue corroborado por su progenitora, la denunciante **********(4).
- Considerando
- C Con O Sin Objeto Contundente O Arma
- Querella Presentada Por Quien En Lo Que Interesa Manifestó
- De Años Quien Al Respecto Manifestó
- De Años Quien Manifestó En Lo Que Interesa
- Se Eslabona A Lo Anterior
- A Lo Que Precede Se Eslabonan
- Se Engarza A Lo Que Precede
- Posteriormente El Quejoso Mediante Escrito Amplió Su Declaración Y Expuso
- A Lo Anterior Se Eslabona
- En Toda Pena De Prisión Que Imponga Una Sentencia Se Computará El Tiempo De La Detención
- Lo Que Es Motivo Para La Concesión Del Amparo
- B Dicte Otra En La Que Reitere Los Aspectos Que En El Presente Estudio Resultaron Constitucionales
