AMPARO DIRECTO 358/2010. ADRIÁN DE GUADALUPE VALENCIA LOMELÍ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 358/2010. ADRIÁN DE GUADALUPE VALENCIA LOMELÍ.

Fecha: 10-Dic-2007

Nadie Puede Ser Aprisionado Por Deudas De Carácter Puramente Civil

4. "Jurisprudencia localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, septiembre de 2001, página 5.

5. "Artículo 772. El dictamen se agregará al expediente y se entregará una copia a cada uno de los representantes de los trabajadores y de los patrones. El secretario asentará razón en autos del día y hora en que se hizo entrega de las copias a los representantes, o de la negativa de éstos para recibirlas."

"Artículo 773. El presidente citará para la audiencia de discusión y votación, que deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes al en que sean entregadas a los representantes las copias del dictamen."

"Artículo 774. La audiencia a que se refiere el artículo anterior se celebrará de conformidad con las normas siguientes: