AMPARO DIRECTO 724/2012. 8 DE NOVIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES. SECRETARIO: TOMÁS ZURITA GARCÍA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 724/2012. 8 DE NOVIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES. SECRETARIO: TOMÁS ZURITA GARCÍA.

Fecha: 08-Nov-2012

De Acuerdo A Todo Lo Expuesto Pueden Darse Entre Otros Los Siguientes Supuestos En La Práctica

1. Aquel en el que las partes acuerdan una fecha de vencimiento del pagaré conforme a las formas de vencimiento establecidas en el numeral 79 antes citado; caso en el cual no habrá lugar a duda del momento en el que el suscriptor incurre en mora por falta de pago.

2. Otro en el que las partes acuerdan la fecha de vencimiento o pago, pero que al momento de la suscripción, no lo plasman en el propio título de crédito; sin embargo, por disposición del precepto 15 de la ley en cita, es permisible al tenedor o beneficiario del documento, llenarlo en forma posterior hasta antes de la presentación para su pago, sin que ello implique una alteración del título de crédito, al tratarse de un requisito de eficacia y no de existencia.