AMPARO DIRECTO 887/2012. 7 DE DICIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALICIA RODRÍGUEZ CRUZ. SECRETARIA: ENRIQUETA SOTO HERNÁNDEZ.
Fecha: 07-Dic-2012
Artículo O Son Trabajadores De Base
"Los no incluidos en la enumeración anterior y que, por ello, serán inamovibles. Los de nuevo ingreso no serán inamovibles sino después de seis meses de servicios sin nota desfavorable en su expediente."
"Artículo 8o. Quedan excluidos del régimen de esta ley los Trabajadores de confianza a que se refiere el artículo 5o.; los miembros del Ejército y Armada Nacional con excepción del personal civil de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina; el personal militarizado o que se militarice legalmente; los miembros del Servicio Exterior Mexicano; el personal de vigilancia de los establecimientos penitenciarios, cárceles o galeras y aquellos que presten sus servicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios."
La disposición constitucional transcrita, precisa cuáles son los derechos de los trabajadores de confianza, a saber, protección al salario y prestaciones de seguridad social; asimismo, establece que la ley determinará los cargos que serán de confianza.
Así, de los numerales transcritos de la legislación burocrática, se obtiene, que divide a los trabajadores en dos categorías, de base y de confianza.
De manera ilustrativa señala cuáles puestos y funciones serán considerados de confianza, por exclusión, los que no estén en esos supuestos se entenderán de base.
- Considerando
- El Artículo Apartado B Fracción Xiv De La Constitución Federal Dispone
- B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores
- Artículo O Son Trabajadores De Confianza
- Artículo O Son Trabajadores De Base
- Destaca Que Los Trabajadores De Confianza No Gozan De La Estabilidad En El Empleo
- Determinación Que Se Estima Legal
- Asiste Razón A La Quejosa
- En El Hecho Uno De La Demanda Laboral La Actora Manifestó Foja
- El Demandado Contestó Foja
- Resulta Infundado En Una Parte Y Fundado En Otra Ese Argumento
- A Continuación Procede Motivar Los Demás Aspectos De La Controversia Resueltos Por La Responsable
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- En Lo Que Es Materia De La Protección Constitucional