AMPARO DIRECTO 257/2012. 29 DE AGOSTO DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ALFREDO GÓMEZ MOLINA. PONENTE: ABRAHAM CALDERÓN DÍAZ. SECRETARIO: JUAN JOSÉ FLORES FUENTES.
Fecha: 29-Ago-2012
Dicte Otro En El Que
2.1. Atendiendo a lo considerado en esta ejecutoria, prescinda de las consideraciones por las que determinó que la pensión de cesantía en edad avanzada reclamada por el actor, era incompatible con la de jubilación por años de servicio con que cuenta el actor.
2.2. Hecho lo anterior, determine la compatibilidad de las pensiones de cesantía en edad avanzada y jubilación, y resuelva lo que legalmente corresponda.
Por lo expuesto y fundado y, con apoyo, además, en los artículos 76, 77, 78 y 186 de la Ley de Amparo, se resuelve:
ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el acto que reclama de la Junta Especial Número Diecinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, precisado en el resultando primero de esta ejecutoria y para los efectos señalados en el considerando que antecede.
Notifíquese; y anótese en el libro de registro, con testimonio autorizado de esta resolución vuelvan los autos originales al lugar de su procedencia.
Así, por mayoría, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados presidente y ponente Abraham Calderón Díaz, Alfredo Gómez Molina y Guillermo Vázquez Martínez, con voto en contra del segundo de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14, 18 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Sexto Es Fundado El Único Concepto De Violación Expresado
- Como Se Adelantó Ese Concepto De Violación Es Fundado
- Página
- Séptima Época Quinta Parte
- Del Régimen Financiero
- Cuotas A Cubrir Para Patrones Y Trabajadores Por Los Seguros Que Se Indican
- De La Contribución Del Estado
- Artículos Transitorios De
- De La Ley Del Seguro Social Vigente A Partir Del Uno De Julio De Mil Novecientos Noventa Y Siete
- M Ayuda Para Libros Y
- C Cuota Sindical
- Ii El Instituto Cubrirá La Parte Restante De La Prima Necesaria
- Materias Laboral
- Informe Segunda Parte Cuarta Sala Tesis Página
- Las Consideraciones Sobresalientes De Tal Ejecutoria Son Las Que Enseguida Se Transcriben
- Genealogía
- Dicte Otro En El Que