Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 116/2013. 15 DE MARZO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JUAN JOSÉ FRANCO LUNA. SECRETARIA: MARÍA TERESA AGUILAR LOMBARD.
Fecha: 15-Mar-2013
Considerando
QUINTO. Análisis de la constitucionalidad del acto reclamado. Son inoperantes en parte y fundados en lo restante los motivos de inconformidad del impetrante, cuyo análisis resulta de estricto derecho, en términos del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo.
Así lo determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la siguiente jurisprudencia:
- Considerando
- Página
- Apéndice Tomo Vi Primera Parte Tesis Página
- Sobre Tal Petición La Responsable Se Pronunció En Los Siguientes Términos
- Octava Época Tomo I Primera Parte Página
- Octava Época Tomo Ii Primera Parte Página
- Octava Época Tomo Iii Primera Parte Página
- Concordancia
- En Efecto En El Laudo Reclamado La Responsable Precisó
- A Deje Insubsistente El Laudo De Veintiocho De Septiembre Dos Mil Doce
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Cfr Conceptos De Violación Visibles A Fojas A De Autos
- Cuarto Tribunal Colegiado Del Octavo Circuito
- Cuarto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito
- Segundo Tribunal Colegiado Del Sexto Circuito
- Primer Tribunal Colegiado Del Décimo Circuito
- Los Medios De Apremio Que Pueden Emplearse Son
- Iii Arresto Hasta Por Treinta Y Seis Horas