Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 130/2013 (CUADERNO AUXILIAR 394/2013). 25 DE ABRIL DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JUAN MANUEL SERRATOS GARCÍA. SECRETARIA: BEATRIZ ADRIANA MARTÍNEZ NEGRETE.
Fecha: 25-Abr-2013
Concluido Lo Anterior Con Libertad De Jurisdicción Emita La Resolución Que En Derecho Proceda
En virtud de lo anterior, se estima innecesario analizar los conceptos de violación, pues en cumplimiento de esta ejecutoria, la autoridad responsable deberá dictar un nuevo laudo donde las violaciones acusadas podrán ser reparadas al resolver de nueva cuenta el fondo del negocio.
- Considerando
- Resolución Que Constituye El Acto Reclamado En El Presente Juicio De Amparo
- El Dictado De Una Resolución Que Dirima Las Cuestiones Debatidas
- Encuentra Aplicación Al Respecto La Jurisprudencia Que A Continuación Se Reproduce
- Artículo Garantías Judiciales
- En Efecto En Dicha Contradicción Textualmente Se Señaló Énfasis Añadido
- Código Fiscal De La Federación
- I Desahogo De Las Pruebas
- Iv Declaratoria Del Cierre De La Instrucción
- Séptima Época
- Tesis Informe Segunda Parte Pág
- Concluido Lo Anterior Con Libertad De Jurisdicción Emita La Resolución Que En Derecho Proceda
- Los Conceptos De Violación Antes Referidos Consisten Esencialmente En Lo Siguiente
- Sexto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito
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