AMPARO DIRECTO 261/2015. 3 DE DICIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS CARMONA GRACIA. SECRETARIO: HUGO ALFONSO CARREÓN MUÑOZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 261/2015. 3 DE DICIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS CARMONA GRACIA. SECRETARIO: HUGO ALFONSO CARREÓN MUÑOZ.

Fecha: 29-Abr-2016

Iv Acto Reclamado

La sentencia definitiva de 30 de junio de 2015, dictada por los CC. Magistrados que integran la Sala Regional del Norte Centro III y Cuarta Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el expediente No. **********, en la cual se reconoce la validez.

Asimismo, señaló como derechos fundamentales violados, los reconocidos en los artículos 1o., 14, 16, 17 y 123, apartado B, fracción XI, inciso a), constitucionales.

SEGUNDO.-Trámite del juicio de amparo. Por razón de turno correspondió conocer de la demanda a este Segundo Tribunal Colegiado de Circuito, en donde, por acuerdo de veinticinco de septiembre de dos mil quince, el Magistrado presidente la registró con el número 261/2015 y la admitió a trámite; tuvo como tercera interesada a la autoridad demandada en el juicio de origen, quien fue emplazada al juicio de amparo, y con fundamento en el artículo 5o., fracción IV, de la Ley de Amparo, dio la intervención que legalmente corresponde al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, quien no formuló pedimento; concediéndose a las partes el plazo legal para que presentaran sus alegatos o promovieran amparo adhesivo.

Por otra parte, mediante proveído de veintiuno de octubre de dos mil quince, se tuvieron por formulados los alegatos que hizo valer la tercera interesada.

TERCERO.-Turno. Encontrándose los autos en estado de resolución, mediante proveído de veintinueve de octubre siguiente, se turnaron a la ponencia del Magistrado Carlos Carmona Gracia, para efectos del artículo 183 de la Ley de Amparo.