AMPARO DIRECTO 261/2015. 3 DE DICIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS CARMONA GRACIA. SECRETARIO: HUGO ALFONSO CARREÓN MUÑOZ.
Fecha: 29-Abr-2016
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el acto que reclama de la Sala Regional del Norte Centro III y Cuarta Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, consistente en la sentencia de treinta de junio de dos mil quince, dictada en el juicio contencioso administrativo **********, y para los efectos precisados en el último considerando del presente fallo.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución devuélvanse los autos de origen, háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y, en su oportunidad, archívese este asunto.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Miguel Ángel Cruz Hernández (presidente), Juan Carlos Ríos López y Carlos Carmona Gracia (ponente).
En términos de lo dispuesto en los artículos 8, 13, 14 y 18, y demás conducentes de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Resultando
- Iii Autoridad Responsable
- Iv Acto Reclamado
- Considerando
- Ahora Bien El Artículo De La Señalada Ley Dispone Lo Siguiente
- B Compatibilidad
- C Aumento Generalizado A Los Trabajadores En Activo
- Apoya Lo Anterior La Jurisprudencia Pj De Rubro Y Texto Siguientes
- Deje Sin Efectos La Sentencia Reclamada De Treinta De Junio De Dos Mil Quince Y En Su Lugar
- Tiene Aplicación La Jurisprudencia Aj A Del Contenido Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo El Cómputo De Los Plazos Se Sujetará A Las Reglas Siguientes
- Artículo Primero Se Expiden Los Siguientes Instrumentos Normativos
- I Personal Civil En Los Términos Siguientes
- Administración Pública Federal
- Artículo