Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 223/2021. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. 12 DE AGOSTO DE 2021. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIGUEL BONILLA LÓPEZ. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIO: JOSÉ SEBASTIÁN GÓMEZ SÁMANO.
Fecha: 12-Nov-2021
Novenoefectos
43. En consecuencia, al resultar fundado el concepto de violación formulado por el instituto quejoso, lo procedente es conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal solicitados, para el efecto de que la autoridad responsable:
- Considerando
- Es Fundado El Concepto De Violación Formulado Por El Instituto Quejoso
- Artículo O
- Artículo
- Artículo O Son Finalidades Del Instituto Politécnico Nacional
- Pronunciamiento Cero Tolerancia Al Hostigamiento Sexual Y Acoso Sexual
- Precedentes
- Así La Sala Responsable Deberá Tomar En Consideración Que
- Precedente
- Novenoefectos
- Deje Sin Efecto El Laudo Reclamado
- El Acta De Hechos De De Enero De De Forma Integral Y Completa
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve