AMPARO DIRECTO 9/2021. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y
Fecha: 10-Dic-2021
Íbid P
51. Vid. Tesis de jurisprudencia 1a./J. 4/2019 (10a.). publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 63, febrero de 2019, Tomo I, página 491, con número de registro digital: 2019357, de título y subtítulo: "DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. SU DIMENSIÓN EXTERNA E INTERNA."
52. Sanz Salguero, Francisco Javier. Delimitación de las esferas de la vida privada, privacidad e intimidad frente al ámbito de lo público. Transparencia & Sociedad. No. 6. 2018. Pp. 138 – 140.
53. Ídem.
54. Tesis aislada 1a. CXLIX/2007, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo XXVI, julio de 2007, Novena Época, página 272, con número de registro digital: 171883, de rubro: "VIDA PRIVADA E INTIMIDAD. SI BIEN SON DERECHOS DISTINTOS, ÉSTA FORMA PARTE DE AQUÉLLA.". Vid. Tesis aislada 1a. CCXIV/2009, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tomo XXX, diciembre de 2009, Novena Época, página 277, con número de registro digital: 165823, de rubro: "DERECHO A LA VIDA PRIVADA. SU CONTENIDO GENERAL Y LA IMPORTANCIA DE NO DESCONTEXTUALIZAR LAS REFERENCIAS A LA MISMA.". Vid. Tesis aislada (civil y constitucional) P. LXVII/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, diciembre de 2009, página 7, con número de registro digital: 165821, de rubro: "DERECHO A LA INTIMIDAD, PROPIA IMAGEN, IDENTIDAD PERSONAL Y SEXUAL. CONSTITUYEN DERECHOS DE DEFENSA Y GARANTÍA ESENCIAL PARA LA CONDICIÓN HUMANA."
55. Vid. Tesis aislada P. LXVI/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, diciembre de 2009, página 7, con número de registro digital: 165822, de rubro: "DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. ASPECTOS QUE COMPRENDE."
56. De acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos ... "El ‘proyecto de vida’ se asocia al concepto de realización personal, que a su vez se sustenta en las opciones que el sujeto puede tener para conducir su vida y alcanzar el destino que se propone. En rigor, las opciones son la expresión y garantía de la libertad. Difícilmente se podría decir que una persona es verdaderamente libre si carece de opciones para encaminar su existencia y llevarla a su natural culminación. Esas opciones poseen, en sí mismas, un alto valor existencial.". Caso Loayza Tamayo Vs. Perú. Reparaciones y costas. Sentencia de 27 de noviembre de 1998. Serie C No. 42, párrafo 148.
- I Antecedentes
- En Lo Que Interesa Las Cláusulas Décima Y Décima Segunda Del Convenio Disponen Lo Siguiente
- Que Lo Habitara Exclusivamente Con Compañía De Sus Menores Hijos
- Ii Presupuestos Procesales
- Iii Existencia Del Acto Reclamado
- Iv Procedencia
- Análisis De Los Conceptos De Violación
- D Que Lo Habitara Exclusivamente En Compañía De Sus Hijos
- D Habite El Bien Inmueble Exclusivamente En Compañía De Sus Hijos
- Vi Decisión Y Efectos
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Artículo La Donación Puede Ser Revocada Por Ingratitud
- V Por Cualquier Otra Causa Grave Que A Juicio Del Juez Esté Debidamente Fundada
- La Constitución Del Derecho De Usufructo Y El Contrato De Donación
- Párrafo De La Presente Ejecutoria
- Artículo O De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Íbid P
- Vid Opcit Tesis Aislada P Lxvi
- Publicada En El Diario Oficial De La Federación El De Febrero De
- Énfasis Añadido
- Que Habite El Bien Inmueble Exclusivamente En Compañía De Sus Hijos