Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 137/2020. 4 DE MARZO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ ANTONIO ABEL AGUILAR SÁNCHEZ. SECRETARIO: RUBÉN LÓPEZ MALO HERNÁNDEZ.
Fecha: 06-Ago-2021
I Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
II. Emita otro en el que siguiendo los lineamientos de la presente ejecutoria determine que el trabajador no desempeñaba una categoría de confianza, pues no están acreditadas las funciones que desempeñaba.
III. Hecho lo anterior, condene al pago de la indemnización reclamada y los salarios caídos, pues el demandado no acreditó que el trabajador dejó de presentarse a laborar, teniéndose por cierto el despido imputado.
- Calidad De Confianza
- En Efecto Del Escrito Inicial De Demanda Se Advierte
- Artículo
- La Porción Normativa De Referencia Establece Lo Siguiente
- Así El Artículo Constitucional Apartado A Fracción Xxii Dispone
- B Entre Los Poderes De La Unión Y Sus Trabajadores
- Dicho Criterio Establece Textualmente Lo Siguiente
- I Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Cumplimiento De Ejecutoria