Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 449/2020. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: MIGUEL LOBATO MARTÍNEZ. RELATOR: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: CARMEN CECILIA MEDINA PERALTA.
Fecha: 10-Jun-2022
Artículo La Sentencia Debe Contener
"...
"II. El análisis sistemático de todos los conceptos de violación o en su caso de todos los agravios."
"Artículo 76. El órgano jurisdiccional, deberá corregir los errores u omisiones que advierta en la cita de los preceptos constitucionales y legales que se estimen violados, y podrá examinar en su conjunto los conceptos de violación y los agravios, así como los demás razonamientos de las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada, sin cambiar los hechos expuestos en la demanda."
7. Visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, febrero de 2009, materia común, página 1677, con número de registro digital: 167961.
- Considerando
- No Admisión De Pruebas
- Sobre El Tema Los Artículos Y Prevén Lo Siguiente
- En Otra Parte De Sus Conceptos De Violación Los Quejosos Afirman
- Los Conceptos De Violación Son Infundados
- En El Caso Los Actores Ofrecieron Los Siguientes Medios De Convicción
- Xii Instrumental De Actuaciones No Existe Actuación En Favor De Los Impetrantes
- En Relación Con Los Criterios Que Citan Se Dice
- Artículo La Sentencia Debe Contener
- Reformado Dof De Noviembre De