CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 13/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, TERCERO Y QUINTO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SIETE VOTOS DE LA MAGISTRADA SILVIA ROCÍO PÉR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 13/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, TERCERO Y QUINTO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SIETE VOTOS DE LA MAGISTRADA SILVIA ROCÍO PÉR

Fecha: 06-Ene-2023

Resultando

PRIMERO.—Denuncia de contradicción de criterios. Mediante oficio ********** de ocho de julio de dos mil veintidós, la secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito transcribió el diverso acuerdo de la misma fecha en el que el presidente del citado órgano jurisdiccional, en el que se tuvieron por recibidos los escritos presentados por la autorizada del quejoso en el amparo en revisión 455/2021 de su registro, en los que denunció la posible contradicción de criterios entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver, respectivamente, los recursos de revisión 455/2021, 42/2022 y 271/2021, frente al diverso sostenido por el Quinto Tribunal Colegiado de la misma materia y Circuito, al resolver el recurso de revisión 331/2021.

SEGUNDO.—Admisión y trámite de la denuncia. Por acuerdo de dos de agosto de dos mil veintidós la presidencia de este Pleno de Circuito admitió a trámite la denuncia relativa, el asunto se registró como contradicción de criterios 13/2022. Lo anterior, de conformidad con el artículo 47, segundo párrafo, del Acuerdo General 8/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito.