CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER, EL SEGUNDO Y EL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JUAN CARLOS AMAYA GALL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER, EL SEGUNDO Y EL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO. 12 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JUAN CARLOS AMAYA GALL

Fecha: 09-Sep-2022

Recurso De Queja

1.1. El juicio de amparo indirecto se promovió contra la negativa, por parte de las autoridades señaladas como responsables, de aplicar la vacuna BioNTech Pfizer, a la quejosa menor de edad.

1.2. En la demanda de amparo se solicitó la suspensión de oficio y de plano de los actos reclamados, para el efecto de que le fuera aplicada a la impetrante la vacuna contra el virus denominado SARS-CoV-2.

1.3. El Juez de Distrito negó la suspensión de plano y de oficio solicitada, al considerar que el acto reclamado no se ubicaba dentro de las hipótesis previstas en el artículo 126 de la Ley de Amparo. Contra esta determinación, la parte interesada interpuso recurso de queja.

1.4. Al resolver el recurso de queja, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito declaró infundados los agravios planteados, al considerar:

- Que la omisión de contemplar a la menor quejosa en el Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, no es un acto que directa o indirectamente importe peligro de privación de la vida, por lo tanto, no se actualiza alguno de los supuestos de procedencia de la suspensión de oficio y de plano, previstos en el artículo 126 de la Ley de Amparo.

- Que en la Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México, publicado el ocho de diciembre de dos mil veinte, se determinó ejecutar el plan de vacunación en cinco etapas por grupos poblacionales, priorizados como sigue: