CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 86/2022. MUNICIPIO DE AHUACUOTZINGO, ESTADO DE GUERRERO. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: PABLO RAÚL GARCÍA REYES.
Fecha: 15-Feb-2023
Asimismo Se Considera Que El Órgano Demandado Tiene Legitimación Pasiva
31. En términos de la fracción II del artículo 10 de la Ley Reglamentaria,(7) en las controversias constitucionales, la entidad federativa, poder u órgano que emitió o promulgó la norma general que sea objeto de la controversia constitucional tiene el carácter de parte demandada, los cuales deberán comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que en términos de las normas que los rigen estén facultados para representarlos.
32. En el caso, el Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero, acudió en representación del Poder Ejecutivo Estatal, carácter que acreditó con copia certificada de su nombramiento expedido por la titular de este último.
33. Por ello, si en términos de los artículos 88, puntos 3 y 4, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero así como del numeral 3° y 12, fracciones I, III y V, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero,(8) el Consejero Jurídico tiene la atribución de representar al Ejecutivo Estatal en los procedimientos jurisdiccionales en los que sea parte, entonces es indudable que está legitimado para comparecer en este asunto.
34. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán.
34. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Conceptos De Invalidez En Su Demanda Expuso Los Siguientes Conceptos De Invalidez
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Actos U Omisiones Reclamadas
- Iii Oportunidad
- C A Partir Del Día Siguiente Al En Que El Actor Se Ostente Sabedor De Los Mismos
- La Demanda Fue Presentada Por Parte Legítima
- Asimismo Se Considera Que El Órgano Demandado Tiene Legitimación Pasiva
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Del Tribunal De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Guerrero Con Residencia En Chilpancingo
- La Ejecución Del Acuerdo Referido
- Único Se Sobresee En La Presente Controversia Constitucional
- Claudia Mendoza Polanco
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo De La Constitución Federal
- Artículo O Los Plazos Se Computarán De Conformidad Con Las Reglas Siguientes
- Ii Se Contarán Sólo Los Días Hábiles Y
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- N Los Demás Que El Tribunal Pleno Determine Como Inhábiles
- I Procurar Defender Y Promover Los Intereses Patrimoniales Y Económicos Del Municipio
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano De Guerrero
- Artículo Corresponde Al Consejero Jurídico Las Atribuciones Siguientes
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes