CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 86/2022. MUNICIPIO DE AHUACUOTZINGO, ESTADO DE GUERRERO. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: PABLO RAÚL GARCÍA REYES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 86/2022. MUNICIPIO DE AHUACUOTZINGO, ESTADO DE GUERRERO. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: PABLO RAÚL GARCÍA REYES.

Fecha: 15-Feb-2023

N Los Demás Que El Tribunal Pleno Determine Como Inhábiles

5. Artículo 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que, en términos de las normas que los rigen, estén facultados para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.

En las controversias constitucionales no se admitirá ninguna forma diversa de representación a la prevista en el párrafo anterior; sin embargo, por medio de oficio podrán acreditarse Delegados para que hagan promociones, concurran a las audiencias y en ellas rindan pruebas, formulen alegatos y promuevan los incidentes y recursos previstos en esta ley. (...)".