CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 177/2020. MUNICIPIO DE TANTOYUCA, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 9 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LAS SEÑORAS MINISTRAS Y DE LOS SEÑORES MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 177/2020. MUNICIPIO DE TANTOYUCA, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 9 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LAS SEÑORAS MINISTRAS Y DE LOS SEÑORES MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLE

Fecha: 17-Mar-2023

B Poder Legislativo Del Estado De Veracruz De Ignacio De La Llave

20. A juicio compareció la directora de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Leticia Aguilar Jiménez, con el carácter de delegada de la diputada presidente de la Mesa Directiva de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado, Adriana Paola Linares Capitanachi, personalidad que acreditó con las siguientes pruebas documentales:

1) El oficio suscrito por la diputada presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado el diez de noviembre de dos mil veinte [Oficio No. PRES/1795/20], mediante el cual esta última le delegó la representación jurídica del Congreso para atender los asuntos legales en su aspecto contencioso jurisdiccional en los que dicho órgano legislativo sea parte.

2) Copia certificada de su nombramiento como directora de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado, el cual fue expedido a su favor por el secretario General del mismo órgano legislativo, Domingo Bahena Corbalá, el veinticinco de septiembre de dos mil veinte.

21. A dicha funcionaria se le reconoce legitimación procesal para contestar la demanda en representación del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave con fundamento en el artículo 20 de la Constitución Local(13) y 24, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,(14) que depositan el ejercicio del Poder Legislativo Local en el Congreso del Estado y su representación en la persona que preside la Mesa Directiva y quien cuenta con facultades para delegar la misma en el servidor público que designe.