Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 177/2020. MUNICIPIO DE TANTOYUCA, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 9 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LAS SEÑORAS MINISTRAS Y DE LOS SEÑORES MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLE
Fecha: 17-Mar-2023
Iii Legitimación
13. De conformidad con el artículo 10, fracciones I y II, de la ley reglamentaria,(6) se le reconoce legitimación (I) como actor al Municipio de Tantoyuca, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, porque promovió la controversia constitucional; (II) como demandados a los Poderes (a) Legislativo y (b) Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, ya que a ellos se les atribuye la emisión de las normas generales reclamadas.
14. Por disposición del primer párrafo del artículo 11 de la ley reglamentaria,(7) tanto el actor como los demandados deben comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que estén facultados para representarlos en términos de la legislación que los rige.
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- I Legitimación Procesal Activa
- A Poder Ejecutivo Del Estado De Veracruz De Ignacio De La Llave
- B Poder Legislativo Del Estado De Veracruz De Ignacio De La Llave
- Iv Certeza Y Precisión De Los Actos Reclamados
- V Oportunidad
- Vi Causas De Improcedencia
- Vii Estudio De Fondo
- Los Ingresos Producto De La Prestación De Servicios Públicos Que Administren Las Entidades
- V La Programación Y Realización De Pagos A Terceros
- Viii La Constitución De Garantías A Favor O A Cargo Del Gobierno Del Estado
- Primeroes Procedente Pero Infundada La Presente Controversia Constitucional
- Terceropublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- Transitorios
- I Un Estado Y Uno De Sus Municipios
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Artículo Son Atribuciones Del Presidente Municipal
- Xi Sic Secretaría De Gobierno
- Artículo El Titular De La Secretaría Tendrá Las Facultades Siguientes
- Artículo El Poder Legislativo Se Deposita En Una Asamblea Denominada Congreso Del Estado
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Artículo O Los Plazos Se Computarán De Conformidad Con Las Reglas Siguientes
- Ii Se Contarán Sólo Los Días Hábiles Y
- J El Doce De Octubre
- Artículo Para Los Efectos De Este Código Se Entenderá Por