CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 68/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL. 23 DE NOVIEMBRE DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ANDRÉS GONZÁLEZ WATTY.
Fecha: 17-Mar-2023
Viii Violación De Competencias Federales En Materia De Regulación De Uso De Suelo Forestal
120. El Ejecutivo Federal aduce que el programa impugnado transgrede la facultad exclusiva de la Federación relativa al cambio de uso de suelo en terrenos forestales. En términos del artículo 4 de la LGEEPA establece que la regulación del uso de suelo forestal estará determinada por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.(61) Por su parte, este último ordenamiento señala que la regulación del cambio de uso de suelo en terrenos forestales es facultad de la Federación.
121. Sin embargo, el programa reclamado establece que el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales es entre 5 % y 40 %. Lo que, a decir del Poder actor, violenta las atribuciones en materia forestal que expresamente confiere la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable a la Federación.
122. En efecto, los lineamientos de las UGTS 3, 9, 17 y 22 del programa impugnado establecen lo siguiente:
123. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que es fundado el agravio en el que la Federación sostiene que, al dar lineamientos para el cambio de uso de suelo de terrenos forestales, el acuerdo impugnado invade sus facultades.
125. Es la SEMARNAT la instancia federal con atribuciones exclusivas para autorizar, sólo por excepción, el cambio de uso del suelo en terrenos forestales. Así también lo resolvió esta Suprema Corte de Justicia en el amparo en revisión 698/2010.(69) De aquel asunto derivó la tesis aislada 1a. LXIX/2014 (10a.), de rubro: "DESARROLLO FORESTAL Y SUSTENTABLE. LOS ARTÍCULOS 117, 160, 161, FRACCIÓN II, Y 162, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE TERRENOS FORESTALES Y DE IMPACTO AMBIENTAL, NO VULNERAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA POR INVASIÓN DE ESFERAS COMPETENCIALES ENTRE LOS ÓRDENES DE GOBIERNO FEDERAL Y MUNICIPAL."(70)
126. Por tanto, el Municipio de Tulum invadió una facultad exclusiva al determinar la posibilidad de cambio de los terrenos de uso forestal en los lineamientos de las UGTS 3, 9, 17 y 22. Así, esta Segunda Sala declara la invalidez del apartado "Lineamientos" correspondiente a: (1) la UGTS 3 (Corredor Akumal-Xelhá) en su porción normativa "... el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales en la UGTS es de 40 % ..."; (2) la UGTS 9 (Xelhá-Punta Cadena) en su porción normativa "... el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales en la UGTS es de 30 % ..."; (3) la UGTS 17 (Laguna Kaan Lu-um) en su porción normativa "... el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales en la UGTS es de 5 % ..." y (4) la UGTS 22 (Manuel Antonio Ay) en su porción normativa "... el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales en la UGTS es de 35 % ..."
127. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek (ponente) y presidenta Yasmín Esquivel Mossa.
127. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek (ponente) y presidenta Yasmín Esquivel Mossa.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión Del Acto Reclamado
- Iii Existencia Del Acto Impugnado
- Iv Oportunidad
- V Legitimación Activa
- Vi Legitimación Pasiva
- Vii Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Viii Estudio De Fondo
- Viii Violación De Atribuciones Federales En Materia De Hidrocarburos
- Viii Violación De Competencias Federales En Materia De Residuos
- Los Criterios Tuc Y Sub Del Acuerdo Impugnado Establecen Lo Siguiente
- Viii Violación De Competencias Federales En Materia De Regulación De Uso De Suelo Forestal
- Ix Efectos
- Primeroes Procedente Y Parcialmente Fundada La Controversia Constitucional
- Ley Reglamentaria
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Artículo
- Artículo Al Síndicoa Municipal Le Corresponden Las Siguientes Atribuciones Y Obligaciones
- Reglamento Interior Del Honorable Ayuntamiento Del Municipio De Tulum
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- B Participar En La Creación Y Administración De Sus Reservas Territoriales
- F Otorgar Licencias Y Permisos Para Construcciones
- Véase Página Del Cuaderno Principal De La Controversia
- Reformada Dof De Enero De
- Véase Página Vuelta Y Del Expediente
- Véase Pie De Página
- Véase La Página Del Cuaderno Principal De La Controversia
- Véase Páginas A Vuelta Del Cuaderno Principal De La Controversia
- Reformado Dof De Febrero De
- Adicionado Dof De Diciembre De N De E En Su Contenido
- Reformado Dof De Diciembre De
- I El Reconocimiento Y Exploración Superficial Y La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos
- Ley De Hidrocarburos
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá En Singular O Plural Por
- Reglamento De Las Actividades A Que Se Refiere El Título Tercero De La Ley De Hidrocarburos
- Lo Anterior Sin Perjuicio De Lo Previsto En El Artículo Fracción Iii De La Ley
- Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
- Artículo Son Facultades De La Federación
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entiende Por
- Artículo Son Facultades De Las Entidades Federativas
- Reformado Dof De Mayo De
- Reformada Dof De Marzo De
- Reformada Dof De Junio De
- Republicada Dof De Junio De
- X Compuestos Orgánicos Persistentes Como Los Bifenilos Policlorados
- Xii La Sangre Y Los Componentes De Ésta Sólo En Su Forma Líquida Así Como Sus Derivados
- Reformado N De E Este Párrafo Dof De Enero De
- Adicionado Dof De Febrero De
- Artículo Son Atribuciones De La Federación
- Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable
- Adicionado Dof De Diciembre De