QUEJA 679/2021. PRESIDENTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y OTROS. 8 DE JULIO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SUSANA LAURA ROJAS CASTRO, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA J
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 679/2021. PRESIDENTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y OTROS. 8 DE JULIO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SUSANA LAURA ROJAS CASTRO, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA J

Fecha: 01-Oct-2021

Iii Incompetencia Del Juzgado De Distrito Auxiliar

Por otra parte, las autoridades inconformes, en su agravio primero aducen, en esencia, que el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, carece de competencia legal para conocer de la demanda de amparo promovida por la parte quejosa, en virtud de que los actos reclamados son de naturaleza enteramente laboral.

Dichos argumentos se desestiman, pues no se pueden atender cuestiones del litigio principal, tales como la competencia del Juez de Distrito para conocer y resolver el juicio de amparo, toda vez que el artículo 48, último párrafo,(45) de la ley de la materia prevé que admitida la demanda ningún órgano jurisdiccional podrá declararse incompetente para conocer del juicio antes de resolver sobre la suspensión definitiva.