Suprema Corte de Justicia de la Nación
QUEJA 154/2021. 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: DAVID HUERTA MORA. SECRETARIO: EDGAR CONEJO HERNÁNDEZ.
Fecha: 13-May-2022
Artículo Sustanciación De Las Peticiones
"Las peticiones se sustanciarán conforme a las reglas establecidas en esta ley, a fin de que la autoridad penitenciaria se pronuncie sobre si ha existido o no una afectación en las condiciones de vida digna y segura en reclusión para las personas privadas de la libertad o afectación a los derechos de terceras personas y, en su caso, la subsanación de dicha afectación.
"Los solicitantes podrán desistir de su petición en cualquier momento, salvo que el tema planteado se refiera al interés general del centro o de un sector de su población. El desistimiento no implica la pérdida del derecho a formular una petición sobre la misma materia con posterioridad."
- Considerando
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Artículo Peticiones Administrativas
- I La Persona Privada De La Libertad A Nombre Propio O De Manera Colectiva
- V El Ministerio Público
- Artículo Sustanciación De Las Peticiones
- Artículo Formulación De La Petición
- Artículo Acuerdo De Inicio
- Artículo Trámite Del Procedimiento
- Artículo Acumulación De Peticiones
- Artículo Resolución De Peticiones Administrativas
- Artículo Casos Urgentes
- Concluyó Señalando Lo Siguiente
- De Dicha Ejecutoria Emanó La Jurisprudencia De Rubro Y Texto
- Artículo Ámbito De Aplicación
- Artículo Derechos De Las Personas Privadas De Su Libertad En Un Centro Penitenciario
- Artículo Condiciones De Internamiento
- Únicoes Infundado El Recurso De Queja
- A En Favor Del Inculpado O Sentenciado Y
- I La Fijación Clara Y Precisa Del Acto Reclamado
- Página
- Tipo Jurisprudencia