QUEJA 208/2022. 8 DE SEPTIEMBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ENRIQUE ZAYAS ROLDÁN. SECRETARIA: GRACIELA AZPILCUETA MORALES.
Fecha: 24-Mar-2023
Estudio De Los Agravios
Ahora, en el pliego de agravios,(18) la parte recurrente reproduce, en esencia, cuándo el Juez de Distrito se encuentra facultado para desechar una demanda de amparo, y define lo que debe entenderse por "motivo manifiesto e indudable de improcedencia" a que se refiere el numeral 113 de la Ley de Amparo y, en el caso, sostiene que no se surten tales extremos; asimismo, aduce que el auto inicial de trámite de la demanda no es la actuación procesal oportuna para desecharla de plano, con base en que los actos reclamados no agotaron el principio de definitividad, dado que ello generalmente requiere un estudio amplio que no es dable en esta etapa procesal, en tanto que, para llegar a esa conclusión se debe realizar un análisis informado, completo y fehaciente de tales actos, el cual no es posible efectuarlo con las meras manifestaciones expuestas en la demanda inicial; que en la mayoría de los casos, a través del auto inicial de trámite no se está en la posibilidad jurídica o material de precisar si los actos reclamados son improcedentes, por tener que agotar el juicio previo, pues en esa etapa procesal sólo se pueden tomar en consideración los argumentos que se plasman en el escrito de demanda y las pruebas que se acompañan, pero no se puede llevar a cabo el análisis profundo y exhaustivo del acto reclamado y sus antecedentes, con el propósito de verificar si previo al juicio de amparo, debió agotarse recurso natural alguno.
- Quintoresolución Del Asunto
- La Causa De Improcedencia Y El Derecho Fundamental De Acceder A Un Recurso Judicial Efectivo
- Características De Los Actos De Autoridad
- Dicha Porción Normativa Es Del Tenor Siguiente
- C Que Sus Funciones Estén Determinadas Por Una Norma General
- A La Autoridad Con Independencia De Su Naturaleza Formal Que
- Omita El Acto Que De Realizarse Crearía Modificaría O Extinguiría Dichas Situaciones Jurídicas
- Las Funciones Deben Estar Determinadas Por Una Norma General
- Iv Actos Reclamados
- La Errónea Fundamentación De Dicho Oficio
- La Aplicación Retroactiva De La Ley Y La Violación Al Principio De Progresividad
- La Garantía A La Libertad De Trabajo
- Que El Amparo Y Protección De La Justicia Se Solicitan De Forma Personal Por El Quejoso
- Luego En El Capítulo De Antecedentes Del Libelo Inicial Destacó
- Cuadragésimo Octava Comisionados Al Sutsem
- Estos Comisionados Serán Designados Por El Sutsem
- Estudio De Los Agravios
- Como Se Adelantó Tales Motivos De Disenso Resultan Inoperantes En Una Parte E Infundados En Otra
- La Inoperancia De Tales Argumentos Deriva De Que Tienen Su Origen En Una Apreciación Incorrecta
- Segundose Confirma El Auto Recurrido
- Conforme A La Teoría De La Lógica Del Complemento
- Sustenta Lo Anterior La Siguiente Tesis
- Dictamen Cámara De Senadores
- El Concepto De Disposición De La Fuerza Pública Actualmente Se Encuentra Superado
- Dictamen Cámara De Diputados
- Lo Destacado Es Propio De Este Tribunal Colegiado De Circuito
- Foja Del Juicio De Amparo Indirecto
- Los Cuales Quedaron Resumidos En El Considerando Quinto De Esta Ejecutoria