INCONFORMIDAD 27/2017. 11 DE SEPTIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DEL MAGISTRADO FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. PONENTE: FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. SECRETARIO: ERIK ERNESTO OROZCO URBANO.
Fecha: 01-Dic-2017
A La Existencia De Una Resolución Que Declare Cumplida La Sentencia De Amparo Y
b) Que el acto denunciado como reiterativo, sea distinto de aquel que se tomó en cuenta para emitir la declaratoria respectiva.
Lo anterior, porque la repetición del acto reclamado presume la intención de la autoridad responsable, de burlar la calidad de cosa juzgada de la sentencia de amparo que fue declarada cumplida, mediante la emisión posterior de un acto que reitera los mismos vicios de que adolecía el acto declarado inconstitucional; situación que se torna distinta a cuando se alude a un incumplimiento en la ejecutoria de amparo, pues ese supuesto supone la existencia de una actitud contumaz de la autoridad responsable para acatar debidamente todos los deberes impuestos en el fallo protector; por lo cual, en dicho caso, es menester que el órgano de amparo analice si la autoridad responsable acató lo ordenado en la sentencia respectiva, verificando que no haya exceso o defecto.
Supuestos que, como se observa, si bien implican inobservancia a una ejecutoria de amparo, también es que son distintos y excluyentes entre sí.
- Considerando
- Razones Que Llevaron Al Juzgado De Distrito A Conceder El Amparo Para Los Efectos Siguientes
- El Delito Que Se Le Imputa
- Dejó Sin Efecto El Citatorio De Catorce De Marzo De Dos Mil Dieciséis Girado A
- Determinación De La Autoridad Responsable Contra La Que Procede Dicha Denuncia
- A La Existencia De Una Resolución Que Declare Cumplida La Sentencia De Amparo Y
- Por Lo Cual Se Deduce Que
- De Su Ejecución
- Conclusión
- Primerose Revoca La Resolución Recurrida
- Fojas A Ibídem
- Artículo Las Ejecutorias De Amparo Deben Ser Puntualmente Cumplidas
- La Ejecutoria Se Entiende Cumplida Cuando Lo Sea En Su Totalidad Sin Excesos Ni Defectos
- Fojas Y A Del Expediente Del Juicio De Amparo
- Los Términos Se Fijarán Por Día Y Hora