Suprema Corte de Justicia de la Nación
INCONFORMIDAD 27/2017. 11 DE SEPTIEMBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DEL MAGISTRADO FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. PONENTE: FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. SECRETARIO: ERIK ERNESTO OROZCO URBANO.
Fecha: 01-Dic-2017
Determinación De La Autoridad Responsable Contra La Que Procede Dicha Denuncia
De inicio, es dable comentar que la Segunda Sala del Máximo Tribunal del País, en la tesis 2a. XV/2014 (10a.),(18) estableció que la procedencia de la denuncia de repetición del acto reclamado está condicionada a los siguientes dos aspectos:
- Considerando
- Razones Que Llevaron Al Juzgado De Distrito A Conceder El Amparo Para Los Efectos Siguientes
- El Delito Que Se Le Imputa
- Dejó Sin Efecto El Citatorio De Catorce De Marzo De Dos Mil Dieciséis Girado A
- Determinación De La Autoridad Responsable Contra La Que Procede Dicha Denuncia
- A La Existencia De Una Resolución Que Declare Cumplida La Sentencia De Amparo Y
- Por Lo Cual Se Deduce Que
- De Su Ejecución
- Conclusión
- Primerose Revoca La Resolución Recurrida
- Fojas A Ibídem
- Artículo Las Ejecutorias De Amparo Deben Ser Puntualmente Cumplidas
- La Ejecutoria Se Entiende Cumplida Cuando Lo Sea En Su Totalidad Sin Excesos Ni Defectos
- Fojas Y A Del Expediente Del Juicio De Amparo
- Los Términos Se Fijarán Por Día Y Hora